Ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2024

Ayudas al inicio y consolidación de proyectos empresariales para emprendedores y pymes de la CV (para el ejercicio 2024)

Objeto:

El objeto de la presente resolución es convocar, para el ejercicio 2024, ayudas destinadas a personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y consolidación de su proyecto empresarial.

Empresas beneficiarias:

Podrán solicitar las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que va a emprender o ha emprendido en los últimos cinco años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva. 

b) Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.

c) Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro. A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:

  • Transporte, movilidad sostenible y logística
  • Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
  • Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
  • Agrario y alimentario
  • Mundo rural y Smart cities
  • Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
  • Turismo y hostelería
  • Servicios financieros e inmobiliarios
  • Deporte, salud, bienestar y estética
  • Economía de los cuidados
  • Sector aeroespacial
  • Educación

Gastos subvencionables:

Esta modalidad de ayudas tiene por objeto apoyar los proyectos empresariales de personas emprendedoras y pymes de la Comunitat Valenciana, e irán destinadas a sufragar los gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial. 

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los que hayan sido efectivamente pagados entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024. Todas los gastos deben haber sido pagados a máximo 60 días desde la fecha de solicitud. 

Los gastos subvencionables se encuadrarán en alguna de las siguientes categorías:

  1. Gastos laborales de personal propio y anticipos societarios que se hayan realizado entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024. El personal deberá estar empleado en la sede de la Comunitat Valenciana de la empresa beneficiaria.

El tope máximo subvencionable de retribución mensual bruta en nómina que se tendrá en cuenta para calcular la subvención es de 3.000€, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y otras retribuciones.

  1. Gastos de contratación de colaboraciones externas como consultorías, servicios profesionales y asistencias técnicas, para el inicio y consolidación del proyecto empresarial, hasta un importe máximo de 10.000€. Dichas colaboraciones externas deberán ir dirigidas a iniciar y mejorar la gestión de la empresa y su posición competitiva, así como los costes de acompañamiento en estos procesos.

Podrán subvencionarse, entre otros, los costes externos para el desarrollo del plan de empresa, la estrategia de digitalización, estrategia para el crecimiento sostenible de la empresa, el desarrollo y posicionamiento de marca, así como los servicios de apoyo part-time o expertos en modalidad «interim-manager» en cualquier fase del proceso.

  1. Gastos de asesoría jurídica y gastos notariales y registrales para la realización del proyecto subvencionado, que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  2. Gastos de alquiler de locales, coworking, despachos o espacios imprescindibles para poder ejercer la actividad empresarial.
  3. Gastos de servicios de publicidad, difusión y marketing, incluido el marketing digital y canales on-line, entre otros. Se incluyen expresamente en este apartado los gastos de diseño y desarrollo del packaging e identidad del producto o servicio.

En ningún caso serán subvencionables los siguientes gastos:

  1. Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  2. Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  3. Los gastos de procedimientos judiciales.
  4. Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación por el beneficiario.
  5. La adquisición de inmovilizado, material o inmaterial de todo tipo.
  6. La adquisición de bienes destinados a la venta.
  7. Las aportaciones a sistemas complementarios de pensiones.
  8. Los gastos suntuarios, los obsequios y los demás gastos similares que no estén directamente vinculados con la consecución de los fines de la subvención.

Son subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024.

Presupuesto mínimo:

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto empresarial será de 5.000€, IVA excluido. 

Porcentaje de ayuda:

Se aplicará el porcentaje del 70% al total de los gastos que sean considerados como subvencionables.

El resultado de aplicar el citado porcentaje será la cuantía de la subvención, sin que en ningún caso pueda ser superior a 15.000€.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación de las solicitudes y de la cuenta justificativa será desde el 10 de junio de 2024 hasta el 10 de julio de 2024.

Criterios de valoración:

A. Descripción de la persona emprendedora o pyme solicitante (máximo 10 puntos):

Estructura de la persona emprendedora o pyme:

  • Autónomos y microempresas: 10 puntos
  • Pequeña y mediana empresa: 5 puntos

B. Motivación, viabilidad y descripción del proyecto empresarial (máximo 60 puntos):

Descripción y motivación del proyecto empresarial (máximo 20 puntos):

  • Claridad y detalle en la descripción: 5 puntos
  • Problemática sobre la que actúa y solución que plantea el proyecto: 5 puntos
  • Diferencia competitiva (liderazgo de costos, diferenciación de producto o dominio de un nicho de mercado): 10 puntos

Financiación. Se valorará la metodología y plan financiero (máximo 10 puntos):

  • Establecimiento de metas y objetivos definidos: 3 puntos
  • Análisis de la realidad y necesidades empresariales: 3 puntos
  • Definición de fondos necesarios y los plazos de inversión: 2 puntos
  • Establecimiento de hitos y adaptación a factores externos: 2 puntos

Adecuación de recursos. Se valorarán los recursos humanos destinados al proyecto:

Personal laboral contratado por la empresa que haya sido dado de alta en la Seguridad Social antes del 1 de abril de 2024 y que sigue de alta en la empresa en el momento de la presentación de la solicitud:

  • 1 persona contratada: 10 puntos
  • 2 personas contratadas: 20 puntos
  • 3 o más personas contratadas: 30 puntos

C. Contribución a la mejora de la competitividad (máximo 20 puntos):

Ventaja competitiva (Máximo 4 puntos):

  • Atención al cliente: 2 puntos
  • Inteligencia Artificial – IA: 2 puntos 

Proyección del producto o servicio final (Máximo 10 puntos):

  • Página web propia: 2 puntos
  • Posicionamiento en buscadores: 2 puntos
  • Redes sociales: 2 puntos
  • Publicidad audiovisual: 2 puntos
  • Venta online o a través de Marketplaces: 2 puntos

Originalidad o innovación (Máximo 6 puntos):

  • Patente registrada: 6 puntos 

D. Proyecto sostenible con el medioambiente (máximo 5 puntos):

Sostenibilidad ambiental (máximo 5 puntos):

  • Se valorará si como resultado del proyecto empresarial, se produce una reducción del consumo de materias primas, la implantación de la economía circular, la mejora de la eficiencia energética, la reducción de residuos o contaminantes o de la huella de carbono.

E. Contribución a la solución de retos sociales (5 puntos por el cumplimiento de alguno de los criterios):

Criterios sociales (máximo 5 puntos):

  • Que el proyecto fomente la integración laboral de personas con dificultades de acceso al mercado de trabajo, en especial, de personas jóvenes extuteladas por la administración o que hayan estado sujetas a medidas judiciales dos años antes de la edad laboral. Se considera que concurre esta circunstancia cuando la empresa haya formalizado contratos laborales con personas en las que concurra una de estas circunstancias. 5 puntos
  • Que el proyecto tenga repercusión en municipios con riesgo de despoblación. Se considera que concurre esta circunstancia cuando la actividad de la empresa esté situada o dirigida a municipios de menos de 5.000 habitantes.

Si deseas más información o asesoramiento, escríbenos a info@proyectainnovacion.com

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