Las bonificaciones a la Seguridad Social del personal investigador están reguladas por el RD 475/2014 y consisten en una bonificación personal por investigador del 40% de las Contingencias Comunes que asume la empresa. El incentivo se liquida mes a mes y se aplica en trabajadores que se dediquen en exclusiva a la I+D+i (según se define en art. 35 Ley Impuesto Sociedades) con una dedicación superior al 85% de su tiempo.
Para aplicar las bonificaciones por cotización a la seguridad social por personal investigador, los trabajadores deben estar incluidos en los grupos de cotización del 1 al 4 y su contrato podrá ser de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado (en este caso deberán tener una duración mínima de tres meses).