Resumen de los principales incentivos para empresas innovadoras

En España existen incentivos muy interesantes para las empresas que estén innovando y que les permiten recuperar un porcentaje muy importante de las inversiones realizadas en I+D+i. Hablamos principalmente de cuatro instrumentos: deducciones fiscales por proyectos de I+D+i, deducciones fiscales por la elaboración de los muestrarios; bonificaciones a las Seguridad Social por el personal dedicado en exclusiva a la I+D+i; y Patent Box. A continuación les indicamos en qué consiste cada línea.

Deducciones fiscales por proyectos de I+D+i

Es una ayuda en forma de deducción fiscal que se aplica en el Impuesto de Sociedades. El retorno que se puede lograr es del 12% si el proyecto se cataloga como innovación tecnológica y de hasta el 42% si lo califican como I+D. Las principales características de este incentivo son:

  • La empresa tiene hasta 18 años para aplicar la deducción lograda en el proyecto.
  • Es posible aplicar la deducción sin límite en la cuota o incluso solicitar su abono (Ley Apoyo a los Emprendedores).
  • La justificación es a periodo vencido.
  • Son un derecho que tiene la empresa, independientemente de su tamaño y sector, y por lo tanto no hay concurrencia competitiva.
  • No hay mínimos ni máximos. La deducción es proporcional a la actividad innovadora de la empresa.
  • Son plurianuales y multiobjetivo. Podemos agrupar en un mismo proyecto las diferentes mejoras que esté realizando la empresa.
  • Son compatibles con otras ayudas como las concedidas por CDTI u organismos autonómicos.
  • No tributan.
  • Son totalmente vinculantes con la Administración Tributaria y por lo tanto ofrecen seguridad jurídica.

Deducciones fiscales por muestrario

Las empresas de los sectores del calzado, juguete, mueble y madera, textil y marroquinería tienen la posibilidad de conseguir, con total seguridad jurídica, un retorno del 12% de todos los gastos directamente relacionados con la elaboración del primer muestrario (diseñadores interno y externos, materiales, confección del catálogo, fotografiado de productos, colaboraciones externas, amortización de equipos…).

Al igual que ocurre con las deducciones fiscales por I+D+i la empresa puede aplicar la deducción lograda hasta en 18 años. En el caso de no tener cuota suficiente existe la posibilidad de aplicar la deducción sin límite en la cuota o de solicitar el abono.

Bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador

El apoyo consiste en una bonificación del 40% de las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por Contingencia Comunes.

Es aplicable a trabajadores incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social y que se dediquen a la I+D+i con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo. Los contratos podrán ser de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado (en este caso deberán tener una duración mínima de tres meses).

Estás bonificaciones son totalmente compatibles con las deducciones fiscales por I+D+i para aquellas pymes que cuenten con el sello de Pyme Innovadora otorgado por el MINECO.

Para el resto de empresas la bonificación será compatible con las deducciones fiscales siempre que no se aplique sobre el mismo investigador

Existe la posibilidad de aplicar la bonificación con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2013.

Patent Box

La Patent Box es un incentivo que consiste en una exención del 60% de la renta neta [ingresos (brutos) – gastos (amortizaciones)] procedentes de la cesión del derecho de uso o explotación de determinados activos intangibles (patentes, diseños industriales, modelos de utilidad, know how). Las principales características de este incentivo son:

  • Distintas posibilidades de aplicación:
    • Empresas cuya actividad es generar conocimiento y transferirlo a terceros: patentes, modelos de utilidad, diseños, formulaciones, ….
    • Empresas que tienen todo el proceso productivo, incluyendo la fase de diseño y desarrollo de producto, que se configuran para poder aplicar Patent Box. Ejp. Empresas del sector juguete, textil, calzado, mueble, químicas, alimentación, …
  • Recurrencia ilimitada del incentivo, siempre que sea susceptible de ser cedido por no haber llegado al final de su vida útil.
  • Aprovechamiento del incentivo independientemente de la fecha de creación del intangible, puede aplicarse a activos creados anteriormente.
  • Compatible con las deducciones fiscales por I+D+i (art. 35 TRLIS) y con otras ayudas públicas.
  • Posibilidad de aprovechar el incentivo entre empresas de un mismo grupo.
  • No existe concurrencia competitiva.
  • Tienen efectos financieros inmediatos.
  • Es independiente de la base imponible de la empresa. Se puede aplicar con bases negativas.
  • Es aplicable a la cesión del uso de la explotación, no se pierde la propiedad del intangible.

Se excluyen de forma expresa en su aplicación las marcas, obras literarias, artísticas o científicas, derechos de imagen, programas informáticos y equipos industriales, comerciales o científicos.

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