Publicadas las ayudas Retos-Colaboración 2016 (empresas – organismos de investigación)

El Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) ha publicado la convocatoria de las ayudas Retos-Colaboración 2016. A continuación puede ver las características de la ayuda.

Objeto

Apoyo a proyectos en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

Entidades beneficiarias

Podrán tener condición de beneficiario:

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas.
  • Institutos de investigación sanitaria.
  • Otros centros públicos de I+D.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  • Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D.
  • Otros centros privados de I+D. Centros con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D como actividad principal.
  • Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.
  • Asociaciones empresariales sectoriales.

Proyectos

Los proyectos objeto de ayuda de la presente convocatoria serán proyectos de desarrollo experimental.

Las propuestas presentadas deberán referirse a alguno de los siguientes Retos:

  • (R1) Salud, cambio demográfico y bienestar.
  • (R2) Seguridad y calidad alimentarias; actividad agraria productiva y sostenible, recursos naturales, investigación marina y marítima.
  • (R3) Energía segura, eficiente y limpia.
  • (R4) Transporte inteligente, sostenible e integrado.
  • (R5) Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.
  • (R6) Cambios e innovaciones sociales. (R7) Economía y sociedad digital.
  • (R8) Seguridad, protección y defensa.

Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. El presupuesto mínimo del proyecto será de 500.000 euros.
  2. Los proyectos deberán ser plurianuales, parte del proyecto deberá realizarse en el año 2016 y se deberá solicitar ayuda para el año 2016. Como mínimo acabarán el 31 de diciembre de 2017 y como máximo acabarán el 31 de diciembre de 2019.
  3. El representante de la agrupación de entidades que presente el proyecto deberá ser una empresa.
  4. El proyecto deberá contar con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado
  5. La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto. Es obligatorio que se solicite ayuda en todas las anualidades en las que se ha incluido presupuesto. Como mínimo se deberá presentar presupuesto y solicitar ayuda en una anualidad.
  6. La suma de los porcentajes de participación empresarial, deberá ser superior al 60% del presupuesto total presentado, sin que ninguna entidad corra por si sola con más del 70 % de dicho presupuesto.

Costes subvencionables

  • Personal: se financiará la dedicación al proyecto de investigadores, técnicos y personal auxiliar, tanto del personal propio de la entidad como nuevas contrataciones. Las horas de trabajo financiadas deberán dedicarse exclusivamente al proyecto. Sólo se financiará el personal que pertenezca a los grupos de cotización 1, 2 y 3.
  • Aparatos y equipos. Se financiará el equipamiento necesario para la realización del proyecto excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico (PC, ordenadores portátiles, impresoras…).
  • Se incluyen en este concepto de gasto los programas informáticos de carácter técnico y siempre que se justifique adecuadamente su necesidad en la memoria del proyecto.
  • Cuando la adquisición de los equipos se realice por medio de leasing sólo se imputarán las cuotas pagadas hasta el 31 de diciembre de cada anualidad.
  • Se financiarán los gastos de material fungible y consumibles directamente derivados del proyecto.
  • Auditoría de Cuentas.
  • Subcontratación.
  • Otros costes directos: patentes, gastos de consultoría, contratos y asistencias técnicas, viajes

Tipo de ayudas

Las ayudas a la financiación de las actuaciones previstas en la presente convocatoria revestirán la forma de préstamo, anticipo reembolsable FEDER y subvención.

Los préstamos tendrán las siguientes características:

  • Tipo de interés: Euribor.
  • Plazo fijo de carencia: 3 años.
  • Plazo máximo de devolución: 7 años.
  • Plazo máximo de amortización: 10 años.

Intensidad de la ayuda

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.

Las entidades pertenecientes al sector público y los organismos de investigación privados recibirán ayuda en forma de subvención.

Las empresas pertenecientes al sector privado sólo podrán obtener ayuda en forma de préstamos. El importe máximo del préstamo podrá cubrir hasta el 95 % del coste financiable del proyecto, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos. Existe una excepción en la anualidad 2016 para las Comunidades Autónomas siguientes que podrán recibir la ayuda en forma de subvención: Andalucía, Canarias, Castilla –La Mancha, Ceuta, Extremadura, Galicia, Melilla, Principado de Asturias y Región de Murcia.

La intensidad de la ayuda varía según el tipo de entidad:

  • Empresas:
    • Para las pequeñas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 60%.
    • Para las medianas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 50%.
    • Para las grandes empresas la intensidad de ayuda máxima será del 40%.
  • Asociaciones empresariales: recibirán la ayuda en forma de préstamo que podrá cubrir hasta el 95% del coste del proyecto.
  • Organismos de investigación (organismos públicos de investigación, universidades públicas, centros públicos de I+D+i, centros tecnológicos de ámbito estatal, universidades privadas, otros centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro) podrán recibir una intensidad de hasta el 100%.
  • Empresas del sector público: la intensidad de la ayuda será del 40%.

Pago de las ayudas

Las ayudas en cualquiera de sus formas serán siempre abonadas anticipadamente tras dictarse la resolución de concesión estimatoria. Al tratarse de proyectos plurianuales el pago de las anualidades sucesivas quedará condicionado a la presentación de la documentación justificativa del proyecto.

El pago se realizará individualmente a cada uno de los participantes.

Plazo presentación solicitud

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 07 de febrero y finalizará el 7 de marzo de 2016.

Otros aspectos importantes

  • Existe concurrencia competitiva
  • Cuando la ayuda se dé en forma de préstamo y éste sea de una cuantía igual o superior a los 200.000€, el beneficiario estará obligado a la presentación de garantías por el 25% del principal del préstamo.

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